mayo 25, 2018

Normas de un crédito hipotecario en Colombia 2019

IconoAutorPor La Haus IconoCategoria inversión, crédito hipotecario

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¿Quieres comprar tu vivienda pero no tienes el dinero suficiente? ¡No te preocupes! Muchos bancos del país te ofrecen buenos créditos hipotecarios para que hagas realidad tu sueño de tener casa propia.

Los créditos hipotecarios son una alternativa de financiación para comprar vivienda, donde la entidad bancaria te presta un porcentaje del valor total de la propiedad (generalmente un 70%). Té debes asumir el valor restante que se paga como cuota inicial y deberás ir pagando mensualmente el dinero prestado junto a los intereses asociados.

Dependiendo de tus ingresos mensuales y tu capacidad de pago, el banco define cuánto dinero puede prestarte, de cuánto será la cuota mensual y qué plazo te dará para devolver el dinero.

Acá te dejamos un listado con los requisitos para solicitar un crédito hipotecario en Colombia durante este 2019, así tendrás todo lo que necesitas a la mano y podrás agilizar tu solicitud.

Descubre qué necesitas para solicitar un crédito hipotecario

Una vez hayas escogido la vivienda que deseas comprar, debes elegir la entidad financiera en la que vas a solicitar el crédito. Te recomendamos que consultes con varios bancos para que conozcas sus tasas de interés, tipos de créditos, sistemas de amortización y condiciones para que elijas el mejor se ajuste a tu capacidad de pago.

 

Documentos requeridos

Estos son algunos de los documentos que te van a pedir a la hora de solicitar un crédito hipotecario, debes tener en cuenta que dicha documentación puede variar dependiendo de la entidad financiera que escojas.

  • Solicitud del crédito hipotecario diligenciada y firmada con huella.
  • Fotocopia ampliada de la cédula.
  • Certificado laboral original donde se certifique el cargo que desempeña actualmente, la fecha de ingreso, el tipo de contrato y el salario. Este certificado debe tener una fecha de expedición no mayor a 30 días.
  • Copia del certificado de ingresos, retenciones y/o declaración de renta del último año gravable.
  • Si eres independiente, extracto de los últimos tres meses, documentos que certifiquen su actividad y el documento tributario.
  • Registro de Cámara de Comercio en caso de que esté inscrito.

 

Documentos para el desembolso del crédito hipotecario

En caso de que el banco le apruebe su solicitud de crédito, deberá entregar algunos documentos para que le hagan el debido desembolso del dinero.

  • Carta de aprobación del crédito entregada por el banco.
  • Recibo del pago del avalúo no mayor a seis meses.
  • Formulario del crédito hipotecario debidamente diligenciado.
  • Certificado de tradición y libertad de la propiedad con vigencia no mayor a 30 días para propiedad usada o 90 días para vivienda nueva.
  • Promesa de compraventa de la propiedad o carta de intención de venta.
  • Póliza de seguro contra incendio o terremoto.
  • Boletín de nomenclatura.

 

Gastos adicionales

Te aconsejamos que tengas un dinero ahorrado para asumir los gastos extra del crédito hipotecario, tales como el estudio de crédito, el avalúo de la propiedad, el estudio de títulos. los gastos de cierre y los impuestos municipales.

El abogado que te asigne el banco realizará el estudio de títulos para certificar que la propiedad no tenga ningún tipo de impedimento legal como embargos, gravámenes o extinción de dominio. Luego te dirá la fecha y hora para firmar la escritura pública y el lugar donde deberás pagar los costos notariales y el de registro de la escritura.

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¡Ya es hora de desembolsar el crédito hipotecario!

Una vez la escritura sale de registro y queda aprobada, se puede realizar el debido desembolso del dinero.

Normas de un crédito hipotecario

Sí, puede parecer aburrido, pero debes conocer las normas antes de solicitar un crédito.

La Ley 546 de 2000 o Ley de Vivienda creó un sistema especializado para la financiación a largo plazo de vivienda individual, dicho sistema es el Crédito Hipotecario. A continuación te dejamos apartes de la Ley y su "traducción", más abajo.

 

"...2.1.1. Condiciones uniformes

Todo contrato de mutuo o pagaré debe contener como mínimo las siguientes estipulaciones:

  1. Identificación de las partes intervinientes en el negocio.

  2. El monto del crédito expresado en UVR y su equivalencia en pesos, o el monto adeudado en pesos, cuando se trate de obligaciones denominadas en moneda legal.

  3. La destinación del crédito. Debe indicarse que el crédito se destinará a la adquisición de vivienda nueva o usada o a la construcción de vivienda individual. Para efectos de que el crédito quede clasificado como crédito hipotecario de vivienda, el destino sólo puede ser la compra de vivienda, entendiéndose por tal, la financiación que se otorga a personas naturales que buscan una solución de vivienda para su núcleo familiar y/o al mejoramiento de la misma, tratándose de vivienda de interés social.

  4. Plazo de la obligación. Podrá pactarse entre cinco (5) años como mínimo y treinta (30) como máximo, según elección y capacidad de pago verificada del deudor, indicando la forma de pago en número de cuotas mensuales y la fecha de la primera cuota.

  5. La tasa de interés remuneratoria del crédito. Cuando se trate de créditos pactados en UVR la tasa de interés remuneratoria de los créditos de vivienda individual a largo plazo y de los créditos para financiar proyectos de construcción de vivienda no podrán exceder los topes máximos establecidos por la Junta Directiva del Banco de la República, y se aplicará sobre la UVR. Cuando se trate de créditos pactados en moneda legal, la tasa nominal fija de los mismos no podrá exceder la suma de la variación de la UVR de los últimos 12 meses vigente al perfeccionamiento del contrato, más el tope máximo establecido por la Junta Directiva del Banco de la República para la tasa remuneratoria.

  6. El sistema de amortización aplicable a la deuda que se contrae, previa y expresamente aprobado por la Superintendencia Bancaria.

  7. Los seguros necesarios para garantizar el cubrimiento de los riesgos de incendio y terremoto a los que está expuesto el inmueble financiado, así como los seguros definidos en los manuales de crédito de las instituciones financieras, particularmente el seguro de vida deudores. En todo caso se deberá indicar la libertad que tiene el deudor de asegurar el bien con la compañía de seguros que escoja y la cobertura y demás condiciones exigidas en cada caso por el establecimiento de crédito.

  8. Impuestos y gastos a cargo del deudor. Deberá indicarse clara y detalladamente aquellos que se causen al momento del perfeccionamiento del contrato y los que podrían cobrarse en caso de incumplimiento, como por ejemplo el impuesto de timbre.

  9. Las causales para dar aplicación a la cláusula aceleratoria del plazo del contrato. Esto en el entendido de que el incumplimiento en el pago de la obligación no dará lugar a que la totalidad de la misma se considere de plazo vencido, hasta tanto no se presente la correspondiente demanda judicial.

  10. En adición a las anteriores, y si el deudor lo solicita, deberá estipularse la constitución del patrimonio de familia inembargable, de conformidad con las normas que rigen la materia, por el valor total del inmueble y siempre que el crédito haya sido otorgado como mínimo por el cincuenta por ciento (50%) de dicho valor. 

El patrimonio de familia así constituido perderá su vigencia cuando el saldo de la obligación hipotecaria representa menos del veinte por ciento (20%) del valor de la unidad habitacional.

 

 


 
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